Tenencia responsable de Mascotas

Tenencia de Mascotas
Guía legal sobre:

Tenencia responsable de mascotas

(Ley No. 21.020 del 02/08/2017)

Primera Parte

Explica la ley que fijó las medidas de protección para mascotas y animales de compañía y las obligaciones que tienen los que los crían.

¿Qué se entiende por mascotas o animales de compañía?

Son aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie (no sólo perros y gatos), que sean mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad. Se excluyen los animales cuya tenencia se encuentre regulada por leyes especiales, como la ley de caza.

¿Qué es la tenencia responsable?

Es el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía. Debe registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda, proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar y no someterlo a sufrimientos a lo largo de su vida.

La tenencia responsable implica también la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para evitar que la mascota o animal de compañía cause daños a las personas o a la propiedad de otros.

El propietario también es responsable de su alimentación, manejo sanitario, especialmente de la recolección y eliminación de sus fecas, y del cumplimiento de toda otra obligación dispuesta en la ley y sus normas complementarias.

¿Cómo operará el registro de perros y gatos?

La identificación deberá hacerse a través de un sistema único, utilizando un dispositivo permanente e indeleble, de modo que permita relacionarlos con el responsable de tales mascotas o animales de compañía.

El Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberá proporcionar una plataforma informática de registro e identificación de mascotas y animales de compañía, a la que accederán las municipalidades.

¿Qué se entiende por animal abandonado?

Es toda mascota o animal de compañía que se encuentre sin la vigilancia de la persona responsable de él o que deambule suelto por la vía pública. También se considerará animal abandonado el que hubiese sido dejado en situación de desamparo en una propiedad privada.

Se considera perro callejero al que sin bien tiene dueño, es mantenido en el espacio público durante todo el día o gran parte del día sin control.

Se denomina perro comunitario al que no tiene un dueño en particular, pero que una comunidad alimenta y le entrega cuidados básicos.

¿Cómo se regulará la aplicación de la ley?

Debe haber un reglamento dictado a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, suscrito además por el Ministro de Salud. Esa norma deberá estar aprobada en un plazo de 180 días desde que se publicó la ley.

 

Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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